2.2.06

Se puede decir más alto...


Pues eso. El impuesto del 7% ya se ha aplicado a la televisión digital e imagenio, de modo que hay muchísimas y variadas razones de peso para aplicarlo también a las conexiones de internet. De hecho, se aplica a aquellos "bienes y servicios con especial valor social, cultural o que preste beneficios a la sociedad". ¿Hay que decir más? Aquí lo tienen todo estupendamente explicado.